La moción fue aprobada con los votos a favor de IU, grupo proponente y del PSOE. Por el contrario, el PP votó en contra de la misma, con el argumento de que la libertad de empresa también es un derecho constitucional. El PSOE, aunque votó a favor, también se hizo eco de este argumento, siendo curioso que su portavoz, que fue secretario general del sindicato UGT, anteponga la libertad de empresa a los derechos fundamentales recogidos en la Constitución. Ambos grupos, PP y PSOE, negaron la existencia de la censura en este caso, lo que nos introduce la grave preocupación del concepto que tienen de "censura".
En cualquier caso, desde Ateos de Albacete, agradecemos al Grupo Municipal de Izquierda Unida la presentación de la moción, y a este grupo y al Grupo Socialista su apoyo a la misma.
Esperamos que desde el Ayuntamiento, como se recoge en la moción, se inste a la empresa SuBús a rectificar en su censura discriminatoria, y veamos la campaña del Bus Ateo circulando por Albacete, haciendo honor a su tradición como ciudad moderna.
MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA PARA LA DEFENSA DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y LA LIBERTAD DE PENSAMIENTO Y DE CONCIENCIA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
El fundamento jurídico esencial de la convivencia entre españoles,
Los españoles son iguales ante
1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por
1. Se reconocen y protegen los derechos:
a. A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b. A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c. A la libertad de cátedra.
d. A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
3.
4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
5. Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
1. Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo II del presente Título vinculan a todos los poderes públicos.
Queda, por tanto, suficientemente fundamentado el compromiso de los Ayuntamientos con la defensa de los derechos y libertades (de pensamiento y conciencia y la libre expresión de ideas, en este caso).
En Albacete, se ha constituido recientemente la asociación ciudadana Ateos-as de Albacete que entre sus objetivos tiene la defensa de los valores ateos y de los librepensadores y la construcción de una sociedad verdaderamente laica. Hace unos meses, los promotores de esta asociación iniciaron gestiones para desarrollar en Albacete la campaña del Bus ateo, siguiendo la iniciada en Londres en los últimos meses de 2008 en la que se exponían en autobuses de las líneas públicas metropolitanas la publicidad del texto: “Probablemente dios no existe, deja de preocuparte y disfruta la vida”. Esta campaña se ha llevado a efecto en ciudades españolas como Barcelona y Madrid sin más dificultad y está encontrando obstáculos en ciudades como Valencia, Zaragoza y Sevilla.
Las gestiones efectuadas por la asociación de Albacete han encontrado respuestas poco claras a lo largo de los últimos dos meses por parte de la empresa de publicidad que tiene el contrato exclusivo con la empresa con
Esta misma semana, la empresa de publicidad ha dado una negativa definitiva a la citada asociación alegando que no pueden poner publicidad "polémica". Por supuesto, entendemos que se trata de una censura previa por parte de una empresa privada que gestiona un servicio público y que nosotros no podemos aceptar, pues es un contrato particular que no puede estar por encima de los derechos fundamentales recogidos en
Pero además según el vigente contrato del Ayuntamiento (y el nuevo contrato pendiente de firma) contempla que la empresa “Fijará, previa autorización del Ayuntamiento, anuncios publicitarios en el exterior de los vehículos” y que “los mensajes publicitados no se opondrán a los valores básicos de la sociedad democrática, contemplando expresamente la publicidad de alcohol y tabaco” expresamente restringida por la legislación vigente.
Como entendemos que el mensaje que pretende difundirse en nuestra ciudad no atenta contra valores democráticos, sino más bien es el ejemplo de la expresión de la libertad de pensamiento y de conciencia de los ciudadanos y ciudadanas, y asimismo entendemos que el Ayuntamiento de Albacete se debe vincular –como establece la Constitución- a la defensa de estas libertades, es por lo que:
Por todo lo expuesto, el Grupo Municipal de IU propone al Pleno del Ayuntamiento de Albacete la siguiente
MOCIÓN
- La declaración de la firme defensa de la libertad de expresión de ideas y de la libertad de conciencia de los ciudadanos y ciudadanas,
- La protección de estas libertades en el ámbito de sus competencias y, en particular, la exigencia de que las empresas que contraten con el ayuntamiento respeten estas libertades en el ejercicio de sus prestaciones a la ciudadanía de Albacete.
- El Ayuntamiento recabará de las empresas implicadas que reconsideren su negativa por suponer una censura a la libre expresión de ideas que no puede consentirse en un servicio público.
- El compromiso de este Ayuntamiento de respetar la libertad de creencias de todos los ciudadanos y la no discriminación de ningún grupo por sus ideas en materia religiosa o de conciencia. En este sentido, el Ayuntamiento comunicará a las empresas implicadas que dará su autorización a la campaña impulsada por la asociación ciudadana Ateos-as.
Albacete, 23 de abril de 2009
Portavoz del grupo municipal de
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